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REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

 

DE LA  SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES, VALORES Y SEGUROS.

 

TITULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

 

CAPITULO I

ASPECTOS GENERALES

 

Artículo 1 (Finalidad del Reglamento Específico)

 

El Reglamento Específico del Sistema de Administración de Personal, regula y operativiza el funcionamiento del Sistema de Administración de Personal en la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 1178 de Administración y Control Gubernamental y el Decreto Supremo N° 26115 que aprueba las Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal.

 

Artículo 2 (Marco Jurídico)

 

El marco jurídico del presente reglamento específico está constituido por:

 

-          Ley N° 1178 de Administración y Control Gubernamentales de 20 de julio de 1990.

-          Decreto Supremo N° 26115 de 16 de marzo de 2001, que aprueba las Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal.

 

Artículo 3 (Artículo de Seguridad)

 

En caso de existir duda, contradicciones, omisión o diferencias en la interpretación del Reglamento Específico del Sistema de Administración de Personal de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, se recurrirá a lo expresamente establecido en las Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal aprobadas mediante Decreto Supremo No. 26115 de 16 de marzo de 2001.

 

Artículo 4 (Ámbito de Aplicación)

 

Están sujetos al presente Reglamento Específico del Sistema de Administración de Personal, todos los servidores públicos de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros.

 

Artículo 5 (Excepciones)

 

I.      Los titulares de puestos electos y de libre nombramiento quedan exceptuados del presente Reglamento Específico del Sistema de Administración de Personal, sólo en lo referido a su forma de ingreso a la entidad.

 

II.     De acuerdo a lo establecido por el artículo  6 de la Ley No 2027 del Estatuto del funcionario Público y artículo 60 del D.S. 26115 que aprueba las Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal, no estan sometidos a las citadas disposiciones legales ni a la Leye General del Trabajo, aquellas personas que, con carácter eventual o para la prestación de servicios específicos o especializados,  se vinculen contractualmente con una entidad pública, estando sus derechos y obligaciones regulados en el respectivo contrato y ordenamiento legal aplicable y cuyos procedimientos, requisitos, condiciones y formas de contratación se regulan por las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.

 

 Artículo 6 (Responsables)

 

Son responsables de:

 

a)         Implantar, cumplir y vigilar el SAP (a Nivel Ejecutivo): Superintendente de Pensiones, Valores y Seguros.

 

b)         Implantación operativa del SAP (a Nivel Operativo): Jefe de la Unidad de Recursos Humanos dependiente de la Intendencia de Operaciones en coordinación con la Dirección Administrativa Financiera.

 

 

TITULO SEGUNDO

SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

 

CAPITULO I

COMPONENTES

 

Artículo 7 (Componentes del Sistema de Administración de Personal)

 

El Sistema de Administración de Personal (SAP) se estructura en base a los siguientes subsistemas:

 

-          Subsistema de Dotación de Personal

-          Subsistema de Evaluación del Desempeño

-          Subsistema de Movilidad de Personal

-          Subsistema de Capacitación Productiva

-          Subsistema de Registro

 

CAPITULO II

SUBSISTEMA DE DOTACIÓN DE PERSONAL

 

Artículo 8 (Procesos del Subsistema de Dotación)

 

Los procesos que conforman el Subsistema de Dotación son: Clasificación, Valoración y Remuneración de Puestos, Cuantificación de la Demanda de Personal,  Análisis de la Oferta Interna de Personal, Formulación del Plan de Personal, Programación Operativa Anual Individual, Reclutamiento y Selección de Personal, Inducción o Integración y Evaluación de Confirmación.

 

Artículo 9 (Proceso de Clasificación, Valoración y Remuneración de Puestos)

 

OPERACIÓN: CLASIFICACIÓN DE PUESTOS

 

Los puestos de trabajo de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros se clasifican en las siguientes Categorías y Niveles:

 

CATEGORÍA 

NIVEL PUESTO(S)

CARRERA ADMINISTRATIVA

Superior

1° Superintendente

NO

 

2° Intendentes  

NO

Ejecutivo

3° Directores  

NO

               

Funcionarios de Libre Nombramiento   

 NO

              

4° Jefe de Unidad   

SI

Operativo

5° Profesional 

SI

 

6° Técnico – Administrativo 

SI

 

7° Auxiliar 

SI

 

8° Servicios

SI

 

La presente clasificación de puestos tiene el objetivo de definir los puestos comprendidos dentro de la carrera administrativa.

 

Nota: Los plazos de tiempo señalados en el presente modelo son referenciales, siendo responsabilidad de la entidad definirlos de acuerdo a sus necesidades, en días hábiles.

 

OPERACIÓN: VALORACIÓN DE PUESTOS

 

ETAPA

INSUMO – PROCEDIMIENTO – PRODUCTO

INSTRUMENTO

PLAZO

RESPONSABLE

 

INSUMO: Contar con información sobre:

- Las Programaciones Operativas Anuales Individuales (POAI´s) de cada puesto de la Superintendencia, de Pensiones; Valores y Seguros.

-    Manual de Organización y Funciones (producto del Sistema de Organización Administrativa);

-     Información del Sistema de Presupuesto relativa a la Planilla Presupuestaria relativa a remuneraciones.

 

 

 

 

PROCEDIMIENTO (Tareas):

 

 

 

1

Identificación de los criterios (factores y grados de Valoración de Puestos) que la Superintendencia utilizará para determinar la importancia y remuneración de cada puesto.

 

15 días

Jefe Unidad de Recursos Humanos en coordinación con el Intendente de Operaciones y la Dirección Administrativa Financiera.

 

 

 

2

Elaboración de un Formulario de Valoración de

Puestos, en base a los criterios previamente definidos.

 

Formulario F-PP- 001

Valoración de Puestos

10 días

Jefe Unidad de Recursos Humanos

3

Aprobación del Formulario de Valoración de Puestos.

Resolución Administrativa Interna

6 días

Superintendente

4

Llenado del formulario de Valoración de Puestos, para cada puesto de la Superintendencia, analizando su respectiva Programación Operativa Anual Individual (POAI)

Formulario F-PP- 001

Valoración de Puestos

15 días

Jefe Inmediato Superior de cada puesto en coordinación con el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos.

5

Recolección y tabulación de los Formularios de

Valoración de Puestos.

 

 

15 días

Jefe Unidad de Recursos Humanos en coordinación con la Dirección de Estudios y Proyectos.

6

Elaboración de Informe con los resultados de la

Valoración de Puestos y determinación de la

Remuneración (Salario) de cada puesto de la

Entidad, en base a la Escala Salarial previamente aprobada.

Informe Escrito

 

10 días

Jefe Unidad de Recursos Humanos en coordinación con la Dirección de Estudios y Proyectos

7

Informe de Valoración de Puestos elevado a conocimiento de la Máxima Autoridad Ejecutiva.

 

 

5 días

Jefe Unidad de Recursos Humanos en coordinación con la Dirección Administrativa Financiera.

8

Elaboración de Planilla Salarial

Planilla Salarial

10 días

Intendente de Operaciones en coordinación con el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos y la Dirección Administrativa Financiera

 

9

Aprobación de la Planilla Salarial

Resolución  Administrativa de

Aprobación

 

Superintendente

 

PRODUCTO: Remuneración de cada puesto, reflejada en la Planilla Salarial de la Superintendencia.

 

 

 

 

 

Artículo 10 (Proceso de Cuantificación de la Demanda de Personal)

 

OPERACIÓN: CUANTIFICACIÓN DE LA DEMANDA DE PERSONAL

 

ETAPA

INSUMO – PROCEDIMIENTO – PRODUCTO

INSTRUMENTO

PLAZO

RESPONSABLE

 

INSUMO: Contar con:

- La Programación Operativa Anual (POA) de la Superintendencia;

- Manual de Procesos (SOA);

- Información sobre el presupuesto asignado para la contratación de personal;

 

 

 

 

 

PROCEDIMIENTO (Tareas):

 

 

 

1

Análisis de los procesos básicos llevados a cabo por la entidad para la consecución de sus objetivos y determinación de la carga de trabajo por puesto, en función de la Programación Operativa Anual de la Superintendencia.

 

Continuo

Intendente de Operaciones, en coordinación con el Director Administrativo Financiero,  la Dirección de Estudios y Proyectos y la Unidad de Recursos Humanos.

2

Identificación de la contribución de cada puesto al cumplimiento de los objetivos de la Programación Operativa Anual de la Superintendencia.

 

Continuo

Intendente de Operaciones  en coordinación con  la Unidad de recursos Humanos y la Dirección de Estudios y Proyectos

3

Determinación de la cantidad y denominación de puestos de trabajo por unidad organizacional, requeridos para lograr los objetivos de gestión establecidos en la Programación Operativa Anual de la Superintendencia.

Informe escrito elevado al Superintendente

5 días

Intendente de Operaciones en coordinación con la Unidad de Recursos Humanos, la Dirección de Estudios y Proyectos y la Dirección Administrativa Financiera

4

Elaboración del Plan Anual de Personal, donde se identifique la cantidad y denominación de puestos de trabajo requeridos por cada unidad organizacional, para la presente gestión.

Plan Anual de Personal (PAP)

5 días

Intendente de Operaciones, en coordinación con  la Unidad de Recursos Humanos, la Dirección Administrativa Financiera y el Responsable de la Unidad de Recursos Humanos

5