Todo lo que le interesa saber Guías Preguntas Frecuentes Procedimientos Cursos Virtuales
Las pensiones por muerte se calculan sobre el 100% del Salario Base del Afiliado, y a este monto se aplican los porcentajes de Derechohabientes. Las pensiones por muerte se pagan a los Derechohabientes de Primer Grado (cónyuge e hijos aún si no fueron declarados por el Afiliado) y cuando no hay Derechohabientes de Primer Grado, a los Derechohabientes de Segundo Grado (Padres y hermanos) siempre y cuando hubieran sido expresamente declarados por el Afiliado.
Las pensiones por muerte para el cónyuge son vitalicias; para los hijos son hasta los 18 años de edad o 25 años en caso de ser estudiantes o vitalicias para los hijos que son inválidos. Para los padres son vitalicias y para los hermanos son hasta los 18 años.
¿Cómo se aplica el porcentaje?El porcentaje que se aplica es el siguiente:Esposo/a = 80%Esposo/a (60%) + 1 hija/o (20%) = 80%Esposo/a (50%) + 2 o más hijos (50%) = 100%En el caso de los hijos el 100% es dividido entre todos.En el caso de los padres les corresponde 20% a cada uno.En el caso de hermanos les corresponde el 10% y si son más de 6 se divide el 60% del salario del afiliado entre todos.