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Pregunta:
¿Cómo y cuándo se reclaman las pensiones de invalidez?
Respuesta:
A partir del 3 de abril de 1999, las pensiones de invalidez pueden ser reclamadas dentro de los 36 meses de haber sido dados de alta de los servicios de salud que determinan la no recuperación del Afiliado. El reclamo se hace mediante el llenado del Formulario de Solicitud de Pensión de Invalidez. Para suscribir una solicitud de pensión de invalidez es necesario adjuntar fotocopia del documento de identidad del Afiliado solicitante. Asimismo, se deberá adjuntar el resumen de la historia clínica y todos lo exámenes, radiografías y demás documentos médicos que avalen la condición de salud del solicitante.
Posteriormente se presentan los certificados médicos que avalen la condición de salud del Afiliado. En casos de accidente incluir el Formulario de Denuncia de Accidente de Trabajo, el cual debe necesariamente llevar la firma y sello del empleador o el Formulario de Declaración de Enfermedad, si es el caso.
Las pensiones de invalidez se pagan a partir de la fecha de solicitud de pensión, por lo que es importante llenar y suscribir el formulario de solicitud de pensión lo antes posible. El pago se hace efectivo a partir del momento en que se entregan todos los documentos y se procesa el caso.
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